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Ficha IND160 · Industrial

Unidad condensadora de alta eficiencia

Nueva instalación o sustitución de una unidad de condensación para baja y media temperatura para un aparato o sistema refrigerado directo

Versión V1.2Texto vigente: BOE-A-2025-16478 (8 de agosto de 2025)Descargar la ficha oficial (PDF)

Qué cubre esta ficha

El ámbito se circunscribe a alguna de las siguientes situaciones:

Sustitución de una unidad de condensación de un aparato o sistema refrigerado directo, a baja o media temperatura de evaporación.

Sustitución completa de un aparato de refrigeración, donde se incluya la instalación de una nueva unidad de condensación que deberá sustituir completamente a la antigua para exactamente el mismo desempeño.

Instalación de una nueva unidad de condensación. Sólo será aplicable a las instalaciones frigoríficas descritas en el ámbito del Reglamento de Seguridad para Instalaciones Frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias. No aplicará a sistemas frigoríficos con refrigeración indirecta o que enfrien fluidos secundarios. Esta ficha no será de aplicación para circuitos cuya condensación sea realizada por otro circuito frigorífico (sistemas doble salto, cascada, “water loop” o similares), excepto si para el cálculo del SEPR nue, se tiene en consideración el consumo requerido por ese otro circuito de condensación, para las necesidades de condensación de la planta objeto de la actuación.

Unidad de condensación es un producto compuesto como mínimo por un compresor eléctrico y un condensador, capaz de bajar la temperatura y de mantener de forma permanente una temperatura baja o media en un aparato o sistema refrigerado, mediante un ciclo de compresión de vapor una vez conectado a un evaporador y a un dispositivo de expansión. Siguiendo las definiciones de «aparato de refrigeración con función de venta directa» o de «aparato de refrigeración con función de venta directa que efectúa la transformación de alimentos» recogidas en el Reglamento (UE) 2019/2024 de la Comisión de 1 de octubre de 2019 por el que se establecen requisitos de diseño ecológico para los aparatos de refrigeración con función de venta directa.

Requisitos

  • Esta ficha no establece requisitos específicos, lo que en ningún caso exonera del cumplimiento de los requisitos de obligado cumplimiento establecidos en la normativa vigente: Reglamento de Seguridad de Instalaciones Frigoríficas (RSIF), Reglamento europeo sobre los gases fluorados u otras disposiciones en este ámbito de aplicación.

Documentación que te van a pedir

  • Ficha cumplimentada y firmada por el representante legal del solicitante de la emisión de CAE.
  • Declaración responsable formalizada por el propietario inicial del ahorro de energía final referida a la solicitud y/u obtención de ayudas públicas para la misma actuación según el modelo del Anexo I de esta ficha.
  • Facturas justificativas de la inversión realizada que incluyan una descripción detallada de los elementos principales (por ejemplo, aquellos de cuya ficha técnica se toman datos para calcular el ahorro). Según Recomendación (UE) 2019/1658, de la Comisión, de 25 de septiembre, relativa a la transposición de la obligación de ahorro de energía en virtud de la Directiva de eficiencia energética, o en su defecto a criterio del técnico responsable. Valor requerido con fines estadísticos.
  • Todas las facturas deben contener, como mínimo, los datos y requisitos exigidos por la Agencia Tributaria.
  • Informe fotográfico de la instalación frigorífica y de los equipos afectados antes y después de la actuación que permitan verificar visualmente los cambios realizados.
  • Informe de la instalación frigorífica en el que se justifiquen, para cada uno de los circuitos afectados, de acuerdo con lo dispuesto en el RSIF: el SEPR ant y SEPR nue, indicando temperaturas de evaporación y condensación, el factor de demanda y el factor de corrección por zona climática así como régimen de funcionamiento de la instalación y, si procede, la justificación de la minoración del 10% del valor SEPR por aplicación del refrigerante con PCA<150, firmado por la empresa frigorista habilitada.
  • Declaración responsable del propietario inicial del ahorro de energía, donde se justifique fehacientemente el número de horas de funcionamiento anual en modo activo del sistema de refrigeración afectado.
  • Copia de la comunicación de la puesta en funcionamiento presentada en el registro habilitado. ANEXO I Declaración responsable formalizada por el propietario inicial del ahorro referida a la solicitud y/u obtención de ayudas o subvenciones públicas para la misma actuación de ahorro de energía
  • Identificación de la actuación de ahorro de energía Nombre de la actuación Código y nombre de la ficha Comunidad autónoma en la que se ejecutó la actuación Dirección postal de la instalación en que se ejecutó la actuación Referencia catastral de la localización de la actuación En su caso, número de serie de los equipos
  • Identificación del propietario inicial del ahorro y del beneficiario Propietario inicial del ahorro (Nombre y apellidos / Razón social) NIF/NIE Domicilio Teléfono Correo electrónico En el caso de que la actuación exceda el ámbito territorial de una comunidad autónoma, indicar en este apartado: “Excede el ámbito territorial de una comunidad autónoma”. Persona física o jurídica que lleva a cabo la inversión de la actuación en eficiencia energética.

Es la lista de la ficha oficial. Reunirla bien desde el principio es la diferencia entre cobrar y que te devuelvan el expediente: mira la lista completa paso a paso.

Texto oficial de la ficha IND160 (V1.2), publicado en el BOE. La fórmula de cálculo, sus anexos y las tablas están en el documento completo, en su PDF oficial y en la página del sector en el MITECO.

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Datos revisados el .Ficha IND160 V1.2 según el BOE-A-2025-16478.

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